FAQ

Lo que más nos preguntan sobre el SAT

¿En qué régimen debo estar como conductor de Uber?

Debes tributar bajo el "Régimen de Actividades Empresariales con ingreso a través de las Plataformas Tecnológicas".

¿Cómo afecta el "Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR" a mi declaración de impuestos como conductor de Uber?

Si decides presentar este aviso, las retenciones del IVA e ISR por los ingresos que obtienes a través de la aplicación (solo los pagados electrónicamente) se realizan y pagan mensualmente al SAT. Esto significa que no debes pagar impuestos adicionales al monto indicado en el CFDI mensual de retenciones que recibes por estos ingresos. Si tienes ingresos en efectivo o de otras actividades, deberás calcular y pagar los impuestos correspondientes.

¿Cómo presento el "Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR"?

Según las regulaciones fiscales, debes presentar este aviso dentro de los 30 días siguientes a tu primer ingreso por el servicio de transporte a través de la plataforma tecnológica. Uber asume que todos los conductores presentan este aviso, a menos que se le informe y demuestre lo contrario.

¿Uber asume que ya presenté el aviso automáticamente?

Sí, Uber considera, a menos que le informes lo contrario, que todos los conductores han presentado el aviso a tiempo. Esto se hace para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y que las retenciones de ISR sean pagadas al SAT de manera definitiva.